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Todos los autónomos tienen la obligación de presentar la Renta de 2023

Si has estado de alta como autónomo en 2023, estás obligado a presentar la Renta del periodo impositivo.

Emprendimiento
Lectura: 2 min.
10/10/2023

La aplicación del nuevo sistema de cuotas en ingresos reales, no sólo ha alterado la forma en que los autónomos cotizan, también ha modificado sus responsabilidades con Hacienda.

A partir del año 2024, si has estado registrado cómo autónomo en el año anterior tienes la obligación de presentar la Declaración de la Renta.

¿A qué se debe esta obligación en los autónomos?

En enero de 2023, comenzó a aplicarse el Real Decreto Ley 13/2022, de 26 de julio, que introdujo un sistema de cotización completamente nuevo para los autónomos. Esta normativa modifica el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) e implementa un método de cotización distinto, en el que las cuotas de la Seguridad Social funcionan en base a las ganancias que estimas obtener durante el periodo fiscal.

Hasta la modificación de la Ley 35/2006, de 28 noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), estaban obligados a hacer la Declaración de la Renta todas las personas físicas que hubieran obtenido más de 1.000 euros de beneficios por su actividad en el año anterior.

Con esta obligación de presentar la Declaración de la Renta, Hacienda evalúa las cotizaciones y los ingresos reales de cada autónomo, y sabiendo estos ingresos podrá determinar la cuota mensual a abonar durante el siguiente año.

En la Renta, si has cotizado más de lo ingresado la Tesorería te devolverá dinero, y si has abonado menos por tus cotizaciones en relación a los beneficios, deberás pagar la diferencia.

¿Cuándo están obligados los asalariados?

Los límites para los trabajadores por cuenta ajena son diferentes. Si los ingresos proceden de rendimientos del trabajo y solo tienes 1 pagador el límite de ingresos debe situarse por debajo de los 22.000 euros al año.

El límite se reduce a los 15.000 euros anuales (antes era de 14.000) si los rendimientos del trabajo proceden de más de un pagador no superando, los segundos o sucesivos pagadores, los 1.500 euros en conjunto.

¿Cómo puedo ver mi Declaración de la Renta?

Tanto si eres trabajador por cuenta ajena, autónomo o ambas cosas a la vez (pluriactividad) puedes visualizar tu borrador y tus datos fiscales desde la web de la Agencia Tributaria.

Si eres autónomo, algunos datos de tu actividad como autónomo no aparecerán ya que Hacienda en muchos casos no tiene la posibilidad de conocer toda tu información. Revisa bien los apartados destinados a tu actividad económica:

  • Apartado D1: Rendimientos de actividades económicas en estimación directa.
  • Apartado D2: Rendimientos de actividades económicas en sistema de módulos (excepto agrícolas, ganaderas y forestales).
  • Apartado D3: Rendimientos de actividades agrícolas, ganaderas y forestales con el sistema de módulos.

Además como consejo, si no dispones de una asesoría que te ayude con la Declaración (siempre es muy recomendable), te recomiendo revisar bien las deducción a nivel autonómico. Podrían inclinar la balanza hacía la devolución en lugar de hacía al ingreso.

Si eres cliente de Abaq y quieres que le echemos un vistazo a tu Declaración de la Renta, no dudes en preguntarnos.

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