Te informo de todas las novedades en relación al nuevo sistema de cotizaciones por ingresos reales para 2023 😉
El próximo 2023 viene cargado de novedades en Seguridad Social y la mayor tiene que ver con las cotizaciones ya que desde el 1 de enero de 2023 no será posible elegir la base de cotización como se ha venido haciendo hasta ahora.
Aunque la mayoría de los nuevos autónomos (y los no tan nuevos) suelen elegir la base mínima, es posible optar a una base superior a los ingresos reales o incluso inferior. Esto tiene (o tenía) su punto positivo si querías ahorrar un poco en la factura de Seguridad Social durante algunos meses aunque también genera algunos problemas a la hora de cobrar según que prestaciones pues los importes son bastante bajos sobre todo si los comparas con las prestaciones que puede recibir un trabajador por cuenta ajena en la misma situación y habiendo percibido unos ingresos similares.
En resumen, a partir de 2023 las cotizaciones de los autónomos se asemejarán un poco más a las de los trabajadores por cuenta ajena y cotizarán en función de los ingresos reales (o la previsión de los mismos).
Digo a partir de 2023 porque todos los cambios no se instaurarán en 2023, sino que se hará de forma progresiva entre 2023 y 2025.
Vamos que te cuento los puntos más importantes…
Seguridad Social establece una fórmula para determinar el importe de los ingresos reales con muchas similitudes al cálculo de IRPF. En relación a esto comentar también que ahora será obligatoria la presentación de la declaración anual de la renta para los autónomos.
La fórmula sería la siguiente:
1º. Calcular los rendimientos netos anuales de la actividad, es decir, el total de tus ingresos menos tus gastos deducibles (sin contar las cuotas que has abonado a la Seguridad Social porque estamos calculando precisamente ese dato). Esto puedes verlo en Abaq en un momento. Si no tuvieras el importe de gastos deducibles separado por cualquier motivo solo tendrías que añadir al total de gastos el importe de las cuotas de Seguridad Social que hayas abonado.
2º. Réstale un 7% o un 3%, en función de si eres persona física o autónomo societario.
3º. Ahora que tienes el importe de beneficios reales del año, divídelo entre 12 y esa será la base sobre la que fijar tu cuota de autónomos.
Si el pasado año no tuviste actividad porque eres nuevo autónomo, no te preocupes que al igual que ahora, tu cuota se bonificará (sigue leyendo hasta el punto “¿Seguirá habiendo tarifa plana?”).
Ahora tendrás que ver en que tramo se sitúa tu base y escoger la cuota que te corresponda. Se ha publicado una tabla con 15 tramos para 2023 a día de hoy. Los tramos son los siguientes:
Podrás cambiar de tramo de rendimientos netos cada dos meses (6 veces al año) desde el portal ImportaSS dentro de estos plazos:
Sí, solo que cambiará un poquito. Actualmente la tarifa plana son 60€/mes durante el primer año, el segundo la cuota subiría a unos 144€/mes los primeros 6 meses y luego a unos 200€/mes los otros 6 meses. Después dependiendo de tu edad o tu lugar de residencia y desarrollo de la actividad podrías llegar a tener mejores bonificaciones.
Con los nuevos cambios la tarifa plana pasaría a ser de 80€/mes durante el primer año y el segundo podría mantenerse también en 80€ dependiendo de tus ingresos. Además muchas Comunidades Autónomas están ofreciendo ayudas para dejar la cuota durante al menos el primer año a 0€ complementando la tarifa plana que ofrecería el gobierno.
Este post es un primer acercamiento a este nuevo sistema de cotizaciones. Es un sistema que aún no se está aplicando ya que entrará en vigor el 1 de enero de 2023 y para en el que todavía quedan muchos detalles por pulir por lo que no te preocupes si te surgen dudas.
Te iré manteniendo informado sobre los cambios para 2024 y 2025 y para cualquier consulta, no dudes en preguntarnos 😉
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