Gestor PRO
Todos aquellos bienes
para el desarrollo de actividades agrícolas, ganaderas y forestales estarán
al 10 % de IVA. Las actividades incluidas son:
Plantación, siembra, injertado, abonado, cultivo y recolección.
Embalaje y acondicionamiento de los productos, incluido su secado, limpieza, descascarado, troceado, ensilado, almacenamiento y desinfección de los productos.
Cría, guarda y engorde de animales; nivelación, explanación o abancalamiento de tierras de cultivo, asistencias técnica.
Eliminación de plantas y animales dañinos y la fumigación de plantaciones y terrenos.
Drenaje.
Tala, entresaca, astillado y descortezado de árboles y limpieza de bosques.
Servicios veterinarios.